A partir del 1 de abril, como indica el calendario del contribuyente, ya se puede confirmar el borrador de la declaración de la Renta quien lo haya recibido. Si no se estuvuera conforme en algún apartado se podrá rectificar antes de confirmarlo. Confirmar el borrador a través de cualquier vía (por internet, por teléfono, por carta, por el móvil, en el cajero, o en la Administración) cumple los mismos efectos que presentar la declaración de la Ren
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