Para poder opositar en el apartado ‘Formación Académica’, se requieren una serie de puntos que representan el grado de formación del alumno. El Real Decreto 276/2007 regula el Reglamento de acceso a los cuerpos docentes de todo el Estado. En él se establece que se pueden acumular un máximo de cuatro puntos en el apartado ‘Formación Académica’.
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